Corte IDH condena al Estado por violar los derechos de indígenas

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado panameño a pagar más de $2.3 millones por violar el derecho a la propiedad colectiva y a la protección judicial del pueblo guna de Madungandí y las comunidades emberá de Ipetí y Piratí.

El monto, según el organismo, deberá ser pagado en un plazo de un año, contando a partir de la notificación de la sentencia, que fue fechada el pasado 14 de octubre, pero que hasta ayer se dio a conocer por la corporación internacional con sede en San José, Costa Rica.

En la sentencia, la Corte explica que Panamá no cumplió con la “obligación de delimitar, demarcar y titular las tierras” de las comunidades indígenas mencionadas, tras el compromiso adquirido en 1990 con la entidad.

En 1972, el Estado desalojó a varios pueblos indígenas establecidos en el lugar, donde hoy se encuentra la represa hidroeléctrica en la zona del Alto Bayano. Pero, no fue hasta febrero de 2013 que la denuncia llegó a la Corte. “Con posterioridad, el Estado no delimitó ni demarcó ni tituló durante un largo período de tiempo, comprendido dentro de la competencia temporal de la Corte (…)”, señala el documento.

El monto al que está obligado a pagar el país se desglosa en 250 mil dólares para las comunidades emberá de Ipetí y Piratí y un millón de dólares para Madungandí.

A ello se suman los gastos y costos administrativos del litigio en los que incurrieron los indígenas.

El informe detalla que en “costos administrativos” el Estado debe pagar 666 mil 402 dólares, que gastó el pueblo guna. Mientras que en “gastos de funcionamiento” señala que el congreso Emberá Piratí e Ipetí utilizó para “diligencias, gastos de movilización, reuniones gubernamentales y locales […] por más de 30 años” 350 mil dólares.

Asimismo, el Estado deberá pagar 120 mil dólares por las labores del litigio a nivel nacional. De igual forma la Corte solicitó la reintegración de los gastos al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas que fueron utilizados por los representantes de los pueblos indígenas, monto que asciende a 4 mil 525 dólares.

El fallo ordena a Panamá demarcar las tierras que corresponden a las comunidades Ipetí y Piratí Emberá, así como titular las tierras de Ipetí como propiedad colectiva de dicha comunidad. También, dejar sin efecto el título de propiedad privada que fue otorgado a un no indígena dentro del territorio de la comunidad emberá de Piriatí.

Recientemente, otras comunidades indígenas asentadas en la provincia de Darién anunciaron que demandarán al Estado por violentar sus derechos.

El Congreso General Guna de Madungandí y el Congreso General de Alto Bayano convocaron para esta tarde, a las 5:00 p.m., a una conferencia de prensa en el Colegio Nacional de Abogados, a fin de plantear la posición sobre el fallo.

Prensa.com

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