Avanza en el Senado ley de reforma laboral que suplanta régimen de la dictadura

Con 22 votos a favor y 14 en contra, el Senado aprobó la idea de legislar la Reforma Laboral, proceso que había quedado pendiente del martes cuando la sesión fue suspendida hasta este miércoles cuando, finalmente, los parlamentarios acordaron esta resolución que da el paso a la discusión ahora en particular de esta iniciativa.

Al igual que en la jornada del martes las intervenciones de los senadores de la Nueva Mayoría se centraron en la necesidad de aprobar este proyecto de ley porque reconocen una deuda de la ex Concertación y la actual Nueva Mayoría con el mundo del trabajo al no haber hecho reformas al Plan Laboral impuesto en Dictadura.

Mientras que desde la oposición, su fundamentación se basó, principalmente, en lo que califican como la baja en el apoyo a las reformas que según algunas encuestas han mostrado, así como que esta Reforma Laboral sería un cuerpo legal hecho a la medida de las cúpulas sindicales, ya que se consagran elementos como la titularidad sindical y la exclusividad de dichas organizaciones en la extensión de los beneficios de las negociaciones.

Desde el oficialismo, el senador del PS y presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta, Juan Pablo Letelier, aseguró que esta iniciativa es un piso mínimo, tal como lo han planteado desde la CUT, si bien la considera un avance: “Esta ley se discute, sin duda, a la luz del Plan Laboral, y desde esa perspectiva este proyecto es un tremendo avance. Sin embargo, a la luz de la legislación comparada de otros países, es un avance bastante moderado, básico”.

El senador y presidente de la UDI, Hernán Larraín, se sumó a las voces de la oposición que manifiestan que la Reforma Laboral, al igual que otras de las reformas estructurales presentadas por el gobierno de la Nueva Mayoría, no cuentan con el respaldo de la ciudadanía, y generará costos a nivel de crecimiento económico.

“Esta reforma, se une a otras reformas que han ido generando un clima en que, por ejemplo, durante este año no ha habido inversión en Chile. El crecimiento de la inversión hasta esta fecha, extranjera y nacional, ha sido de un 0,5 por ciento. ¿Quién se ve afectada por esta situación, sino el crecimiento de la economía? Y si no hay crecimiento de la economía a quiénes va a perjudicar principalmente, a los gastos sociales, o a la posibilidad de generar aumento de las fuentes de trabajo. Ahí está la situación real”.

El senador de la DC, Andrés Zaldívar, respondió a las críticas vertidas por la oposición, específicamente sobre la aprobación de la Reforma Tributaria, señalando que ellos deben asumir su responsabilidad en esa situación ya que fue su propuesta la que finalmente fue aceptada por el ex Ministro Alberto Arenas, y que surgiera de la recordada “cocina”.

“Y en materia de Reforma Tributaria, que he escuchado varias veces aquí este tema, que hicimos una mala Reforma Tributaria, no nos olvidemos que la hicimos en conjunto. E incluso, más aun, confesémoslo, la propuesta de ustedes fue la que aceptó el Ministro de Hacienda de ese momento. Del doble sistema. Asumamos las responsabilidades en conjunto, no por separado”.

El senador de RN Andrés Allamand señaló que la Agenda Laboral que el oficialismo quiere imponer no corresponde al pensamiento histórico de la coalición de gobierno, y llamó a que reconozcan el cambio de punto de vista en materias laborales que presentaría el oficialismo, y aseguró que el sistema de negociación colectiva y huelga que se quiere implementar no existe en ningún país de la OCDE.

“Y ahora vienen a decir “¡Oh! Fíjense, tenemos que sacarnos esta mochila que viene del año 1990”. Digan la verdad, ustedes los últimos cuatro años cambiaron radicalmente de punto de vista, y tienen derecho a hacerlo, pero entonces reconózcanlo”.

El Partido Socialista, a través de su presidenta la senadora Isabel Allende, anunció que la colectividad mantendrá su postura de rechazo a cualquier modificación al reemplazo en huelga, uno de los puntos que se avizora como controversial cuando se discutan las indicaciones que se le realizarán al proyecto

“Como presidenta del Partido Socialista, y de esta bancada, nosotros no estamos por el reemplazo ni con trabajadores internos ni externos, porque queremos una huelga efectiva, porque creemos que es necesario entregar ese instrumento, y porque aunque digna que en otros países existe el reemplazo, nosotros lo que queremos decir es que en esos países se respeta profundamente la práctica de los dirigentes sindicales, y o se hacen las prácticas antisindicales como nosotros”.

No obstante el voto en bloque de parte de los senadores de la Nueva Mayoría, se advierte que las indicaciones que se ingresarán al proyecto, y para lo cual habrá plazo hasta el 7 de septiembre para presentarlas, como es el reemplazo en huelga con trabajadores internos de la empresa, y la definición de los servicios mínimos, serán controversiales al interior de la coalición de Gobierno, ya que algunos miembros de la DC y el PPD han manifestado su disposición a realizar modificaciones en este sentido.

Radio U

 

En contexto: 10 puntos de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo

las modificaciones al Código del Trabajo se resumen en  10 puntos:

* Sindicato titular: Se prohíbe la existencia de grupos negociadores en aquellas empresas con sindicato. Estos, a su vez , negociarán colectivamente en representación  de sus afiliados. Los trabajadores podrán afiliarse y desafiliarse libremente y en cualquier oportunidad. Además, se reconoce el derecho del sindicato interempresa a negociar en la firma en que tenga un número de afiliados equivalentes al que se exige al sindicato de empresa para negociar en ella.

* Beneficios  para sindicalizados:

Los beneficios adquiridos en el marco de una negociación colectiva se otorgarán a los trabajadores sindicalizados. También se extenderán a los trabajadores que se afilien con posterioridad. Los no sindicalizados podrán acceder al nuevo contrato, de manera parcial o total, sólo previo acuerdo del sindicato y del empleador. Para acceder a los beneficios, el trabajador sin afiliación sindical deberá aceptar y pagar la proporción o totalidad de la cuota sindical. La extensión unilateral del empleador constituirá una práctica antisindical.

* Más información: El empleador deberá proporcionar a sus sindicatos información sobre balances de la empresa, estados financieros y otros antecedentes de carácter público que ponga a disposición de la SVS,  dentro de los 30 días siguientes a su generación. En el contexto de una negociación, deberá entregar detalles sobre el estado de la compañía en forma oportuna, completa y actualizada, para la preparación del proceso, y precisar los beneficios que forman parte del contrato colectivo vigente, así como transparentar y actualizar la planilla innominada de remuneraciones de los trabajadores afectos a la negociación y costos globales de la mano de obra (número de trabajadores totales de la empresa), y las políticas de inversión futura. También deberá proveer datos sobre igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres. Todo esto se podrá requerir dentro de los 90 días previos al vencimiento del contrato colectivo vigente, o en cualquier momento en el caso de que éste no exista.  Las empresas de menor tamaño cumplirán con estos requisitos sólo si disponen de información.

Una vez formalizada la solicitud por parte del sindicato, se puede solicitar una reunión en la Inspección del Trabajo para que las partes acuerden el contenido, forma y fecha para la entrega de dicha información. Adicionalmente, en estos casos la Inspección del Trabajo podrá solicitar al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo antecedentes generales de la actividad o rubro que desarrolla la pequeña o micro empresa para ponerla a disposición de las partes.

Las grandes y medianas empresas estarán obligadas a entregarla en forma periódica, dentro de los 15 días siguientes a que se le comunique la constitución de un sindicato.

El incumplimiento de la obligación constituirá una práctica antisindical. Es más, la ministra  Blanco especificó ayer que en general el rango de sanciones subirá de10- 150 UTM a 20-300 UTM. La titular ejemplificó que se entenderá como práctica antisindical, por ejemplo, los despidos que invoquen la cláusula por “necesidades de la empresa”, pero que respondan realmente a represalias por participar en un proceso de negociación colectiva. Como contrapartida, también se sancionará a los trabajadores que bloqueen el ingreso a los lugares de producción y la reincidencia.

 *  Simplificación del procedimiento: Se simplificará la negociación colectiva, reconociendo el principio de buena fe. El nuevo procedimiento considera estas etapas: solicitud de información a la empresa para preparar la negociación, presentación del proyecto de contrato colectivo, respuesta del empleador, período de negociación, votación de la huelga. En paralelo, se fortalecerán los instrumentos y opciones de mediación, estableciendo que las partes en cualquier momento, tendrán el derecho a solicitar mediación voluntaria de común acuerdo por las partes; obligatoria (una vez votada la huelga y a petición de cualquiera de las partes) y forzada (en los casos de incumplimiento del principio de buena fe,  por ejemplo, ante la falta de información o  no asistir a reuniones convenidas.

Se moderniza la regulación de arbitrajes para fortalecerlos como opción a la resolución de conflictos. Habrá arbitraje voluntario,  obligatorio y forzado.

* Derecho a huelga y servicios mínimos:

La iniciativa elimina la facultad del empleador de reemplazar a los trabajadores en huelga, con trabajadores propios o externos de la empresa. Propone un procedimiento bilateral para la calificación de las empresas en las que se puede prohibir la huelga, estableciendo el derecho de las partes a un procedimiento de reclamación ante la Corte de Apelaciones. También incorpora un procedimiento de arbitraje obligatorio para los trabajadores de empresas que no pueden ejercer el derecho a huelga y las de menor tamaño, a cargo de un cuerpo arbitral que estará regido por una nueva regulación.

Se consagra el deber de la organización sindical de proveer el personal necesario para cumplir los “servicios mínimos” que permitan atender las operaciones indispensables para evitar un daño actual e irreparable a los bienes materiales, instalaciones o infraestructura de la misma o que causen grave daño al medio ambiente o un daño a la salud de los usuarios de un establecimiento asistencial o de salud. La prestación de los servicios mínimos se realizará a través de uno o más “equipos de emergencia” dispuestos por los trabajadores. este tipo de servicios se fijarán en cualquier momento y por acuerdo de las partes. A falta de consenso, resolverá la Inspección del Trabajo.

* Piso de la negociación:

La respuesta del empleador a la propuesta de los trabajadores no podrá contener estipulaciones menores al piso de la negociación, constituido por el contrato colectivo vigente. En el caso de que este instrumento no exista, la base será la respuesta del empleador. Se excluyen de este piso la reajustabilidad, el incremento real pactado en el contrato vigente, los pactos sobre condiciones especiales de trabajo y el bono de término de negociación.

Eso sí, después de presentada la respuesta del empleador, las partes podrán, en virtud de las condiciones económicas de la empresa, negociar modificaciones al piso de la negociación.

* Adaptabilidad pactada:  

Las partes podrán  negociar pactos de condiciones especiales de trabajo en las empresas en que exista una afiliación sindical, en régimen, del 30% del total de trabajadores de la empresa. La aplicación de este filtro será gradual: para poder ampliar las materias a negociar, se exigirá en el primer año de vigencia un 65% de afiliación sindical, en el segundo año de un 50% y en el tercer año de un 40%.  Cada sindicato representará a sus afiliados en la negociación de pactos de adaptabilidad. Los pactos sólo pueden aplicarse a los trabajadores de la empresa que formen parte de los sindicatos que negociaron el acuerdo. Para aplicarlo a los demás, se requiere el acuerdo individual, con aprobación de la DT. Aunque si es aceptado por el 50% más uno de los trabajadores sin afiliación sindical, podrá regir a todos los que no concurrieron al acuerdo, sin necesidad de aprobación de la DT.

Blanco explicó que esta medida es una de las razones por las que el ministro Arenas anticipó que se trataría de una reforma que entraría en vigencia de manera gradual. Las otras dos, agregó, serán  la preparación de reglamentos y del personal técnico necesario para aplicar la reforma, y la “gradualidad natural” que otorga la duración acordada en cada convenio colectivo.

Las materias que sólo se podrán  negociar con sindicatos representativos son: sistemas excepcionales de jornada de trabajo y descansos, horas extraordinarias y jornada pasiva -regulación y retribución de tiempos no trabajados.

Los acuerdos deberán ser registrados por el empleador en la Inspección del Trabajo, quien fiscalizará su ejecución y cumplimiento.

* Permisos sindicales:

Las horas para hacer actividades sindicales que en la actualidad se denominan “permisos sindicales”, se llamarán ahora “horas de trabajo sindical”. Se ampliarán las horas de trabajo sindical para capacitación y formación sindical en las grandes empresas, de 1 semana a 3 semanas en el año.

* Igualdad de oportunidades:

El gobierno  busca garantizar la integración de una trabajadora asociada a la organización u organizaciones que negocian en la comisión negociadora laboral, en el caso de que conforme las reglas generales ésta no esté integrada por ninguna mujer. Para ello,  se deberá elegir una representación femenina para integrarse a la comisión, de conformidad a los respectivos estatutos. Por ello también incorporará el derecho de los sindicatos a solicitar a la empresa información sobre igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.

* Más cobertura: Se elimina la actual prohibición de negociar a trabajadores aprendices -en grandes empresas-, por obra o faena transitoria y cargos de confianza. En este último punto, se estipulará una restricción general que sólo afectará a quienes tengan facultades expresas de representación y administración de la empresa, como gerentes y subgerentes.

La Presidenta aseguró ayer que el proyecto que “moderniza el sistema de relaciones laborales” forma parte de una agenda más amplia.

La Tercera

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