Venezuela: la Asamblea Nacional declara al presidente Maduro en “abandono del cargo” pero el Tribunal Superior de Justicia afirma que no tiene facultad para destituirlo

La Asamblea Nacional aprobó con 106 votos a favor, este lunes, 9 de enero, la declaración de abandono de cargo del presidente de la República, Nicolás Maduro

El presidente de la Asamblea Nacional, Julio Borges, indicó que el Parlamento “exige una salida electoral a la crisis venezolana para que sea el pueblo que se exprese a través del voto. Nos corresponde a todos que este grito de ‘elecciones ya’ vaya a todos los rincones del país y del mundo”.

El diputado de la oposición, Juan Pablo Guanipa, quien comenzó el debate destacó que “se hacen anuncios de aumentos salariales que asustan a la población porque aumentan la inflación  y el desempleo”.

“La de hoy debe ser una decisión firme, sabemos que este Gobierno reaccionarán para impedir que sean convocadas elecciones, como claramente lo establece la Constitución (…) El rescate del voto como derecho de los venezolanos a regir su futuro, es nuestro objetivo”, expresó Guanipa.

“Maduro abandonó el cargo y por eso es hora de que abandone Miraflores (…) Esta AN, que es de todos los poderes públicos, es más legítimo y depositario de la soberanía popular (…) Tenemos el derecho a la rebelión cívica para el bien común (…) Vamos con gallardía a defender a Venezuela”, manifestó.

Siguió Juan Marín, diputado oficialista, diciendo que “cambiaron de orador, pero el discurso desestabilizador en contra el presidente Maduro es el mismo”.

Ante las acusaciones de desestabilización, expresó que no encuentra desestabilización “en el uso de la Constitución, están acostumbrados a ver desestabilización donde no la hay”.

“Demostrar el abandono al cual ha sido objeto el pueblo por parte de su presidente resulta más que obvio en un país que se está muriendo de hambre, ese mismo país al que el gobierno prometió acabar con la pobreza”, manifestó el parlamentario opositor Enrique Márquez.

“¿Es o no abandonar al pueblo a su suerte, acabar de esa manera con la pobreza de esa manera? (…) Un país destruido, en ruinas, sin un hueso sano, es el que tenemos con el presidente Maduro (…) Venezuela está sometida a la tristeza, al abandono (…) Prometieron acabar con la corrupción y este es el gobierno más corrupto que ha habido en la historia republicana”.

El primer vicepresidente del parlamento, el opositor Freddy Guevara, señaló: “Si la sala Constitucional no puede decidir porque es ilegal acudamos al poder originario, el pueblo. Nicolás Maduro deja la cobardía que sea el pueblo que decida, vamos a medirnos”.

“Razones para declarar el abandono de cargo están de sobras, es claro que maduro no ha cumplido con su labor como presidente. De más está ver la gente que busca comida en la basura, este presidente no garantiza ninguno de los derechos a los venezolanos(…) dejó de ser presidente para convertirse en un dictador, si ya no obedece a la Asamblea Nacional, ni al pueblo, Maduro no es presidente de la República y ha abandonado su cargo”, explicó Guevara.

Sostuvo que “venimos a este espacio a enfrentar a la dictadura , podemos liberarnos de esta oscuridad, debemos olvidarnos de ilusiones. Ante el secuestro del estado nos toca asumir que no habrá cambio si no está acompañado por movilización popular (…) la rebelión democrática, la lucha popular de calle(…) si estamos en dictadura, tenemos que entender que la única forma en la que haremos respetar esta decisión es con la movilización popular permanente, nuestra responsabilidad como asamblea inicia a partir de hoy con una nueva etapa”.

El diputado de la Asamblea Nacional por el Gran Polo Patriótico, Pedro Carreño, señaló que la actual junta directiva de la AN está en desacato y que ninguna decisión tomada por el parlamento está dentro de la ley.

“Voy hacer dos conjeturas con el acto con el cual se inició la sesión, lo primero es que observar a la bancada derecha reaccionaria someter a votación que no continúe en el parlamento ciudadanos que tienen cualidad constitucional para ser parlamentario es plausible porque hay una confesión de parte de que estaban en conocimiento del desacato y lo hicieron de maneras deliberada. La segunda, es que el acto no reviste ningún carácter legal ni saca a la asamblea nacional del desacato porque esta junta directiva usurpadora, no está facultada para llevar a cabo sesiones porque instalaron la asamblea en el marco de una asamblea ilegal, si es ilegal toda la junta todas las acciones que se deriven son ilegales aquí lo que procede es que la junta directiva anterior se meta por el camino de la legalidad, someta a consideración de la cámara el auto tutelaje para corregir, someta a votación el desafuero y convocar a una nueva sesión de instalación y se juramente el parlamento con su junta directiva”, expresó.

Asimismo, Carreño aseguró que en el orden del día “hay un retroceso y eso es producto de los desencuentros internos que tiene la mesa de la incapacidad, aquí no aparece abandono del cargo pero la derecha reaccionaria habla del mismo y nosotros con respecto a ello estamos bien claros de que es lo que está pasando en Venezuela en este momento, en los países nacionalistas diseñan estrategias para desestabilizarlos y presentarlos al mundo como una crisis institucional, de la democracia y gobernabilidad, es por ello que la derecha coloca en el orden del día la necesidad de abrir una solución electoral para salir de la crisis, es decir, inducen una crisis en el país para después endilgárselas al gobierno y presentar los mecanismos de solución”.

El parlamentario por el Gran Polo Patriótico, sostuvo que con respecto al abandono del cargo por parte del presidente Nicolás Maduro “con respecto al abandono, yo establezco algunas premisas fundamentales, lo primero es que el artículo 236 de la constitución reza ‘son atribuciones del presidente o presidenta de la república el #4: dirigir las relaciones exteriores de la república y celebrar y ratificar los tratados, convenios y acuerdos internacionales’, ¿dónde está la investigación?, este es un acto que no tiene validez porque está en el desacato, para guardar la forma que hizo este parlamento para determinar si el compañero presidente Nicolás Maduro no ha cumplido con esta responsabilidad”.

Panorama


TSJ reitera que la AN no tiene facultad para destituir al presidente

Este lunes el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)  reiteró que la actual Asamblea Nacional (AN) no tiene facultad para destituir al presidente de República, Nicolás Maduro, a su juicio el dignatario se encuentra en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Asimismo, el máximo interprete de la Constitución invocó a revisar el contenido de la sentencia  N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016.

Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

Aquí el comunicado integro:

En los últimos días algunos voceros políticos del país han señalado públicamente la posibilidad de declarar por acuerdo de la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, el supuesto “abandono del cargo” de Presidente de la República, por parte del ciudadano Nicolás Maduro Moros, primer mandatario nacional, el cual se encuentra en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Por ello el Tribunal Supremo de Justicia, con el firme propósito de mantener la paz, el orden constitucional y la estabilidad democrática de la Nación, invoca el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016, en la cual, conforme al artículo 336 constitucional y a su jurisprudencia, se ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de “responsabilidad política” contra el Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.

Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

Finalmente el Tribunal Supremo de Justicia hace un llamado a utilizar la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función de garantizar la  construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.

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ASAMBLEA NACIONAL NO TIENE FACULTAD PARA DESTITUIR AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Jurisprudencia reiterada al respecto está ajustada a la Constitución

En los últimos días algunos voceros políticos del país han señalado públicamente la posibilidad de declarar por acuerdo de la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, el supuesto “abandono del cargo” de Presidente de la República, por parte del ciudadano Nicolás Maduro Moros, primer mandatario nacional, el cual se encuentra en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Por ello el Tribunal Supremo de Justicia, con el firme propósito de mantener la paz, el orden constitucional y la estabilidad democrática de la Nación, invoca el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016, en la cual, conforme al artículo 336 constitucional y a su jurisprudencia, se ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de “responsabilidad política” contra el Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.

Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

Finalmente el Tribunal Supremo de Justicia hace un llamado a utilizar la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función de garantizar la  construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.

TSJ


Acuerdo de la Asamblea Nacional de Venezuela

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