Colombia: la Justicia Especial para la Paz pasó su ultimo examen en el Congreso, ahora va a la Corte Constitucional

La JEP pasó su ultimo examen en el Congreso, ahora viene la Corte

La Cámara de Representantes aprobó la noche del lunes el reglamento de la Justicia Especial para la Paz (JEP), la justicia transicional pactada con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno, lo que permitirá juzgar a los exguerrilleros.

El organismo ha sacado adelante la iniciativa, que recoge que los exguerrilleros que se vean sometidos a un proceso judicial no quedarán inhabilitados y permite juzgar a los actores involucrados en el conflicto.

Los exguerrilleros que participen en política tendrán que someterse a los establecido por la justicia transicional, mientras que la población deberá entender que el acuerdo con el Gobierno les permite presentarse a cargos públicos.

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, ha agradecido a la Cámara Baja “la aprobación de la ley estatutaria de la JEP”. “Con este paso avanzamos hacia la paz. La justicia transicional garantiza los derechos de las víctimas y sienta las bases de la reconciliación de los colombianos”, ha aseverado a través de Twitter.

Aunque la ley de la JEP estaba aprobada desde hacía meses, su reglamento –el instrumento jurídico que la hará funcionar–, seguía paralizado en el Congreso. La medida queda ahora pendiente de ser aprobada por el Congreso, que es la conciliación de los textos aprobados en el Senado y la Cámara.

Posteriormente, será revisado por la Corte Constitucional para ser luego sancionado por el presidente Juan Manuel Santos.

El reglamento establece que las sanciones no supondrán la inhabilitación de los exguerrilleros y señala que aquellos que reconozcan su responsabilidad y se comprometan con el resarcimiento de las víctimas podrán ocupar cargos públicos tras los comicios previstos para 2018.

A mediados de noviembre, la Corte Constitucional colombiano avaló la JEP como mecanismo constitucional para juzgar a los excombatientes y aseguró que la norma, en términos generales, es exequible y va acorde a la Carta Magna.

Confidencial Colombia


Lo que se concilió en la reglamentación de la JEP

De los 163 artículos que tiene el proyecto que reglamenta la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), 48 fueron sometidos a conciliación.

Esto se debe a que los textos de dichos artículos son diferentes entre lo que se aprobó en Senado y lo que se avaló en la Cámara y en algunos casos simplemente fueron aprobados en una sola de las corporaciones. La conciliación es para tener un texto unificado.

Este martes, los cuatro conciliadores, dos por Senado y dos por Cámara, se reunieron y al finalizar la tarde radicaron la ponencia de la conciliación para que este miércoles sea votada por las plenarias de las dos corporaciones.

De acuerdo con el representante a la Cámara Abraham Jiménez, la conciliación se hizo sobre la base del texto aprobado en la Cámara. “Esto, porque tuvimos más tiempo de estudiar el proyecto y se basó en lo aprobado en Senado y en lo que planteó la Corte Constitucional en la sentencia que declaró exequible la JEP”, dijo el congresista.

Indudablemente, el tema más polémico y que más demoró el debate entre los conciliadores es el que tiene que ver con las inhabilidades para los magistrados de la JEP.

En este punto sí se acogió lo aprobado en Senado, en donde se decidió que esos togados no podrán haber sido abogados en procesos que tengan alguna relación con el conflicto armado durante los últimos cinco años y que tampoco podrán haber interpuesto recursos ante el Estado en temas relacionados con derechos humanos, ni haber “participado” o haber “emitido opinión o concepto profesional sobre la reglamentación” de este modelo de justicia transicional.

Este texto ha sido objeto de cuestionamientos, pues los magistrados ya fueron elegidos. Incluso, el propio presidente Juan Manuel Santos en su momento lo calificó de “inconstitucional”.

“Estuve en contra de esto”, admitió el senador Horacio Serpa, uno de los conciliadores.

Otro de los artículos que fueron conciliados tiene que ver con los delitos sexuales contra los menores de edad. Mientras en el Senado se estableció que por esta conducta deberían responder quienes incurran en este delito, en la Cámara el articulado quedó mucho más explícito –por eso fue el que se acogió– y se aclaró que la medida será para todo aquel que cometa o haya cometido delitos sexuales con menores.

Los conciliadores también acogieron el texto de la Cámara en lo que tiene que ver con el denominado régimen de condicionalidad para los que se sometan a la JEP, esto es: decir la verdad, no seguir delinquiendo, reparar y, si no lo hacen, pierden el tratamiento especial que trae la JEP.

De acuerdo con Jiménez, en lo que tiene que ver con los denominados delitos graves también se acogió el texto de la Cámara, en el que se definió que todo aquel que incurra en este tipo de conducta debe ser investigado y sancionado por la JEP. En Senado se había establecido que solo serían los jefes o cabecillas.

Víctimas irán a la CPI

Unas 141 organizaciones de víctimas y de derechos humanos llevarán ante la Corte Penal Internacional (CPI) los casos relacionados con la responsabilidad de terceros y funcionarios que no entrarán a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), según lo aprobado en el Congreso.

Hoy, una delegación visitará a la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, en La Haya (Países Bajos), para llevarle pruebas de casos de asesinatos de líderes sociales que pueden constituir crímenes de guerra. Las organizaciones crearon un “equipo de litigio internacional”.

El Tiempo


Víctimas de violencia sexual piden que estos delitos queden en la JEP

Que los delitos de violencia sexual cometidos en el marco del conflicto armado no pasen por la Justicia Especial para la Paz, JEP, y queden en la justicia ordinaria –como se han juzgado hasta ahora–, es un precepto que a las víctimas y a las organizaciones de mujeres no convence.

La razón de este temor es sencilla: según la Red de Mujeres Víctimas y Profesionales, la impunidad para estos delitos es del 90 por ciento en este tipo de justicia.

“Con esta propuesta se desconoce que muchas víctimas de este delito lo fuimos siendo menores de 18 años, que las víctimas de violencia sexual tenemos derecho a la verdad, la reparación y garantías de no repetición”, expresó la Red en una carta enviada al Congreso de la República en la que solicitaron no excluir de la JEP este tipo de agresiones.

Ángela María Escobar, coordinadora nacional de esta asociación que defiende los derechos de las mujeres, explicó a EL COLOMBIANO que entre 2010 y lo que va de 2017 han denunciado 935 casos de violencia y agresiones sexuales y no han obtenido justicia, además, han hecho tres jornadas de denuncias colectivas, para visibilizar las agresiones, tener una voz visible y obtener justicia.

“Las víctimas de violencia sexual esperamos que el victimario nos de la cara y nos diga por qué nos violaron. La cárcel no resocializa y preferimos ver a quien nos hizo daño sembrando a que se pasen toda la vida en la cárcel y no conozcamos la verdad”, expresó Ángela Escobar.

¿Habrá impunidad?

En el 2016, Medicina Legal realizó 20.820 exámenes por presuntos hechos de violencia sexual. Del total, 17.740 correspondieron a mujeres, es decir el 85,21%; y 3.080 a hombres, el 14,79%. Según estos datos, por cada hombre agredido, seis mujeres fueron víctimas de violencia sexual.

Al anterior análisis, el Centro Nacional de Memoria Histórica sumó su informe “La Guerra Inscrita en el Cuerpo” en el que registró que desde 1959 se presentaron un total de 14.982 casos de violencia sexual en el marco del conflicto armado, teniendo como principales victimarios a grupos paramilitares y guerrilleros. Entre 2008 y 2012, en el país al menos 274 menores de edad fueron agredidos sexualmente, y a diario, en medio de las hostilidades.

Como si fuera poco, el último Estudio Criminológico de la Policía Nacional de 2016 registró “un incremento muy importante del 87% comparando los casos denunciados en los años 2013 (11.546 casos), 2014 (12.569 casos) y 2015 (21.627 casos)”.

Bajo la anterior premisa, el artículo relacionado con los delitos sexuales, en especial contra los menores de edad ocurridos en el marco del conflicto del armado, dejó aprobado en la Cámara de Representantes que este tipo de acciones sí pasarían por la JEP, pero serían juzgadas y condenadas con las penas de la justicia ordinaria, como lo referencia el artículo 147, “y no procederán ninguna clase de beneficios o subrogados penales, judiciales y/o administrativos, incluyendo los que se consagran en la presente ley”.

Conocido el articulado, la representante a la Cámara, Margarita Restrepo, cuestionó el hecho de que los crímenes cometidos contra los menores de edad no fueran todos juzgados por la justicia ordinaria, solo los de carácter sexual.

“La justicia transicional no debe ser sinónimo de impunidad. Cualquier delito cometido en contra de nuestros niños debe ser tratado por la justicia ordinaria”, expresó la congresista durante la discusión de la Justicia Especial para la Paz.

La lectura del analista del conflicto armado, Juan Carlos Ortega, sobre llevar los delitos de violencia sexual a la justicia ordinaria llevaría a la impunidad en el sentido de que los exguerrilleros no contarían sobre estos hechos si saben que serán condenados a más de 30 años de cárcel.

“Ellos convinieron que si contaban la verdad tendrían una pena alternativa entre cinco y ocho años de cárcel. Pero bajo la premisa de que se irían a la cárcel tanto tiempo, no van a contar lo sucedido”, explica el experto.

Un largo camino

Para la abogada Alejandra Coll, abogada experta en temas de género, aún no se deben encender las alarmas porque sigue la conciliación de lo aprobado en la Cámara.

“Todavía no se puede hablar de impunidad. Falta un punto muy importante que es la conciliación de lo aprobado y en ese paso la Corte Constitucional puede hacer recomendaciones. Esta es la oportunidad para que las organizaciones sociales presenten sus intervenciones y observaciones y todo puede cambiar”, concluyó la abogada.

El Colombiano

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