Perú: el Poder Judicial podría anular el indulto a Fujimori y devolverlo a prisión por masacre ocurrida en 1992

Alberto Fujimori y el caso Pativilca: Este viernes deciden si continúa como acusado o es excluido

Este viernes, la Sala Penal Nacional decidirá si Alberto Fujimori continúa como acusado o es excluido del caso Pativilca, referido al secuestro, tortura y asesinato de 6 personas en el año 1992. Este fallo podría dar pie a la anulación del indulto y el retorno del expresidente a prisión.

Hércules Gómez Casanova, exmiembro del Grupo Colina, es uno de los testigos que culpa a Fujimori. “Nos sentíamos tranquilos porque cumplíamos órdenes del Ejército bajo una línea de comando que empieza por el presidente”, dijo.

Sin embargo, para el abogado de Fujimori, Miguel Pérez Arroyo, este proceso debe ser archivado porque las investigaciones se iniciaron en el 2012, y solo se puede anular el indulto si los hechos imputados no sobrepasan los 24 meses antes de ser emitidos.

Para Gloria Cano (Aprodeh) estas indagaciones recién se iniciaron en el 2017, tras la decisión de la justicia chilena de autorizar la extradición de Fujimori. De la misma opinión es Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).

SEPA QUE…

* 29 de enero de 1992. Agentes del Grupo Colina sacaron de sus casas a seis pobladores de Pativilca.
* Torturaron a John Calderón, Toribio Ortiz, Felandro Castillo, Pedro Agüero, Ernesto Arias y César Rodríguez.
* Sus cuerpos fueron hallados en un cañaveral con impactos de bala.

Trome


Gobierno pide no divulgar información del expediente del indulto a Fujimori entregado a la Corte IDH

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) informó que ha entregado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el expediente del proceso de indulto humanitario y derecho de gracia otorgados al expresidente Alberto Fujimori .

Asimismo, la entidad subrayó que la información entregada a la Corte IDH es, en parte, reservada y que su divulgación por canales que no sean los oficiales violaría normas esenciales como la Ley N° 29733, que es la Ley de Protección de Datos Personales, y la Ley General de Salud N° 26842, que regula el derecho a la privacidad del acto médico y la reserva de la data sensible en la historia clínica.

“La protección legal mencionada está amparada en los artículos 1 y 2 de la Constitución que determinan que la defensa de la persona humana implica al respeto a su dignidad y la no afectación de la intimidad personal”, detalló el Minjus.

De esta manera, el Minjus y el gobierno peruano advirtieron que en caso se realice la divulgación de la información entregada fuera de la competencia de la Corte IDH, esta será responsabilidad absoluta de quienes compartan dicha información.

Finalmente, la entidad reiteró su compromiso con la transparencia y su máxima colaboración en todas las instancias requeridas.

La Ley

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