El Congreso peruano aprueba una ley que evitaría que Fujimori vuelva a la cárcel

El Congreso aprobó polémica norma que favorecería a Fujimori

En menos de 48 horas, en el Congreso de la República se presentó y aprobó un proyecto de ley que permite a los adultos mayores sentenciados completar sus condenas, no solo en sus viviendas, sino con libertad “de desplazamiento circunscrito a la provincia donde se encuentra el domicilio o lugar que señala el penado”.

La propuesta, cuya autora es Yeni Vilcatoma (Fuerza Popular), indica que pueden acceder a este beneficio –al que denomina “ejecución humanitaria de pena”– quienes hayan cumplido al menos un tercio de sus sentencias. La edad mínima para acceder al beneficio varía según algunas circunstancias (el rango va entre 65 y 78 años). Además, serán vigilados con un dispositivo electrónico.

La norma señala que no podrán beneficiarse quienes hayan sido sentenciados por “terrorismo, sicariato, traición a la patria, feminicidio, [delitos] contra la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada y organización criminal”. Tampoco quienes purguen cadena perpetua.

—Posturas opuestas—

Durante el debate, los opositores a la norma indicaron que esta tiene nombre propio: Alberto Fujimori. Marisa Glave (Nuevo Perú) hizo hincapié en que, tal como está redactada, podría beneficiar incluso a Vladimiro Montesinos y a los miembros del Grupo Colina.
Ni Fujimori, de 80 años, ni Montesinos, de 73 años, han sido sentenciados por alguno de los ilícitos previamente mencionados.

Luz Salgado (FP) negó que la iniciativa tenga nombre propio, puesto que –añadió– previamente se han presentado al menos tres proyectos cuyo fin era beneficiar a reos adultos mayores. “ Lo real, lo estricto, es que tenemos ancianos enfermos en todas las cárceles del Perú y en ninguna hay la estructura para mantenerlos en un lugar adecuado”, argumentó.

Al final, solo los integrantes de Fuerza Popular y los no agrupados que antes integraban esta bancada votaron a favor de la norma. Sus adhesiones fueron suficientes para aprobarla y exonerarla de segunda votación.

Previamente fue rechazada una cuestión previa para que el debate se realice primero en comisiones (31 votos a favor y 53 en contra).
De acuerdo al artículo 79 del reglamento del Congreso, después de que la autógrafa es enviada al presidente Martín Vizcarra, este tiene 15 días para promulgarla u observarla.

Fuerza Popular

—Bancadas reclaman—

Al inicio de la discusión en el pleno hubo una polémica porque en la Junta de Portavoces el proyecto de Vilcatoma fue exonerado de trámite en comisiones con la venia de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, el Partido Aprista y Peruanos por el Kambio.

Minutos antes, Juan Sheput (PpK) anunció que había solicitado a la Mesa Directiva que se retire la firma de su bancada.

En el caso de APP, el documento fue firmado por su vocero alterno, Richard Acuña, quien hasta ayer por la mañana estaba de licencia.

El portavoz de ese grupo, César Vásquez, intentó que se retirara la firma, pero su petición fue rechazada por el titular de la Mesa Directiva, Daniel Salaverry. “No hay por qué llamarle la atención [a Acuña]. A lo mejor ha faltado coordinación”, dijo a El Comercio.

Esto generó el airado reclamo de algunas bancadas. Horas después, cuando el proyecto ya había sido aprobado, se presentó una moción de censura –suscrita por cinco bancadas– contra Salaverry a raíz de lo sucedido. “Consideramos que estamos frente a un nuevo hecho que deslegitima la imagen del Congreso y que refleja el carácter autoritario y contrario a la Constitución en el manejo de las sesiones”, señala el documento.

En respuesta, en una conferencia de prensa, Salaverry indicó que respeta las opiniones de sus colegas, pero rechazó que la mesa se maneje de forma autoritaria.

—Claves del dictamen—

1. Un régimen más flexible que el arresto domiciliario

En su artículo 2, la norma indica que los beneficiarios pueden desplazarse en un área circunscrita “a la provincia donde se encuentra su domicilio”. Si necesitan salir de ese espacio, pueden solicitar permiso al INPE 48 horas antes.

2. Requisitos para quienes aspiren a este beneficio

Además de haber cumplido al menos un tercio de sus sentencias y no haber cometido los delitos ya mencionados en la nota, los condenados deben presentar un certificado de buena conducta del INPE, un informe que “acredite su readaptación” y “arraigo” en el país.

3. El beneficio puede ser revocado por delitos posteriores

El artículo 6 señala que en caso de cometer un delito doloso y ser “hallado responsable mediante sentencia firme y condenado a una pena efectiva mayor a 4 años”, la persona pierde el derecho a la ejecución humanitaria.

4. No ocurre lo mismo para delitos cometidos con anterioridad

En su tercera disposición complementaria, se indica que “si la persona es condenada por un delito con anterioridad, cumple la nueva pena bajo esta modalidad si resulta más beneficioso”. Alberto Fujimori es acusado por la autoría mediata en el caso del asesinato de seis campesinos en Barranca en 1992. Este proceso, conocido como Caso Pativilca, aún no ha sido resuelto.

El Comercio


Congreso: ¿Por qué la ‘Ley Fujimori’ es inconstitucional?

Esta tarde el Pleno del Congreso de la República aprobó, con votos del fujimorismo, la ley para otorgar arresto domiciliario para presidiarios adultos mayores, beneficiando directamente al ex dictador Alberto Fujimori. Sin embargo, esta ley sería inconstitucional.

“En los términos redactados, la Ley Fujimori es inconstitucional. El Congreso no puede, sin causa justificada, anular las sentencias del Poder Judicial. Esta es una amnistía encubierta prohibida para violaciones de derechos humanos y para graves crímenes”, explicó Rosa María Palacios.

Uno de los principales argumentos para declarar que esta ley es “inconstitucional” se basa en la postura de distintos parlamentarios que señalaron que es un dictamen con “nombre propio” para beneficiar a Alberto Fujimori, luego que el Poder Judicial revoque el indulto que lo favorecía.

“Se están usando los derechos de los adultos mayores para sacar a Fujimori de la cárcel. Hoy el descaro de los fujimoristas para promover una ley de nombre propio es inconstitucional y violatoria de las normas nacionales e internacionales”, señaló Tania Pariona del Nuevo Perú.

A su vez, el ex procurador anticorrupción Ronald Gamarra exhortó al presidente Martín Vizcarra a observar esta ley, ya que es “inconstitucional y contraria a obligaciones internacionales del estado en materia de derechos humanos”.

Como se sabe, esta ley fue aprobada con votos de Fuerza Popular y exonerada de segunda votación. En ese sentido, el procedimiento indica que el siguiente paso es que el Ejecutivo o publique la ley a través de una resolución o la observe y la regrese al Congreso para su respectivo debate en comisión.

La República


‘LeyFuji’: ¿Quiénes podrían salir con el último proyecto aprobado en el Congreso?

Beneficiados. Esta tarde, el Congreso, gracias a la mayoría de parlamentarios de Fuerza Popular, aprobó el proyecto de ley N° 3533 – 2018 elaborado por Yeni Vilcatoma que permite que los adultos mayores de 65 años que hayan cumplido el tercio de su condena accedan al arresto domiciliario, entre los principales beneficiados es el exdicatador, Alberto Fujimori.

Con 54 votos a favor 2 en contra y 2 abstenciones en segunda votación, siendo todos los votos a favor de Fuerza Popular, se aprobó este proyecto que ahora deberá ser revisado por el Poder Ejecutivo. Sin embargo, ya se han hecho algunas advertencias, que además de Alberto Fujimori, otros personas funestos también saldrían de prisión de inmediato o en los próximos años.

De acuerdo al proyecto aprobado impulsado por Fuerza Popular, los reos que recuperarían su libertad serían aquellos que: 1) La ley dice que los mayores de 75 años que hayan cumplido un tercio de su pena, pueden ser excarcelados. 2) Mujeres de más de 65 años con enfermedades crónicas. 3) Mayores de 78 años. En total son 8 requisitos para ejecutar el beneficio, pero solo de esos 3, estos serían los personajes que hicieron daño al país que saldrían de prisión:

– Alberto Fujimori – 80 años

Condenado a 25 años de prisión en el 2007 por crímenes de lesa humanidad. En el 2017 salió en libertad, habiendo cumplido 10 años de su pena, más de los 3/4 que pide el proyecto aprobado en el Congreso.

– Vladimiro Montesinos – 73 años

Condenado a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad. Fue capturado en el 2001 y sentenciado en el 2010. A la fecha ya ha cumplido 17 años de su pena. Si demuestra su enfermedad, saldría en 2 años o en 5 acogiéndose al otro requisito aprobado en el proyecto en el Congreso.

– Nicolás Hermoza Ríos – 83 años

Fue capturado en el 2001 y condenado a 25 años de prisión en en el 2010 por crímenes de lesa humanidad en conjunto con Vladimiro Montesinos. A la fecha ya ha cumplido 17 años de su pena y saldría en libertad de inmediato si es que se aprueba este proyecto en el Ejecutivo.

– Julio Salazar Monroe – 83 años

En el año 2000, se procedió a acusar y juzgar a Salazar Monroe por los delitos de homicidio calificado y secuestro en el caso “La Cantuta”. En 2008, fue condenado a 35 años de prisión, y también saldría en libertad de inmediato.

La República

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