Chile: condenan a cinco exfuncionarios de la Armada por secuestros y torturas en la dictadura

Condenan a 5 exfuncionarios de la Armada por secuestrar y torturar a dos adolescentes en dictadura

El Ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia condenó a penas que parten en los 540 días de cárcel a cinco exfuncionarios de la Armada por secuestrar y torturar a dos hermanos adolescentes y menores de edad en Belloto, en la comuna de Quilpué durante la dictadura.

Según la investigación de este caso, los hechos ocurrieron en agosto de 1974, cuando un grupo de efectivos de la Base Aeronaval que la Armada posee en ese sector, llegaron cerca de la medianoche a la casa de las víctimas, recinto que allanaron.

A esa hora, ambas víctimas, los hermanos José Miguel e Isabel Sánchez Larraín se encontraban bajo el cuidado de su hermana mayor, la que fue detenida por el personal de la Armada y trasladada a ese recinto militar.

En paralelo, un grupo de efectivos se quedó en el domicilio, donde mantuvieron privados de libertad a los menores, los que recibierongolpes en distintas partes del cuerpo con las armas que los hombres portaban.

A partir de lo anterior, el Magistrado condenó a 540 días de cárcel a Pedro Frioli Otonel, Manuel Alejandro Buch López, Arístides León Calffas y Guillermo Retamales Ruiz en calidad de autores. En tanto, Germán Valdivia Keller fue condenado a 60 días, como cómplice.

Al respecto, el abogado defensor de los condenados, Fernando Dumay, señaló que intentarán revertir este fallo en primera instancia, y asegura que no existen pruebas fundadas para determinar la real participación en la autoría y comisión de los delitos denunciados por las víctimas.

Pese al fallo adverso, a los condenados Frioli, Buch y León se les concedió el beneficio de la remisión condicional, en tanto, Retamales y Valdivia deberán cumplir las penas efectivamente.

En el mismo dictamen, el Ministro Arancibia absolvió de los mismos delitos a otros 4 ex funcionarios de la Armada y se condenó al fisco a pagar una indemnización de 35 millones de pesos a cada una de las víctimas por daño moral.

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Familiares de joven asesinada en dictadura interponen querella contra 10 ex agentes de la CNI

Hasta la Corte de Apelaciones de Justicia de Valparaíso concurrieron familiares de Carmen Gloria Larenas, joven militante de las Juventudes Comunistas de 19 años asesinada por ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia, CNI, durante la tercera jornada de protesta nacional de 1983 que se desarrolló en los cerros de Valparaíso y Viña del Mar, para interponer una querella que permita evitar la impunidad de los ex agentes de la CNI que participaron en el homicidio de la joven porteña.

Benjamín Larenas, hermano de Carmen Gloria indicó que “esta brigada de la CNI fue al lugar con la disposición, organización y los medios para asesinar, llegaron, encerraron y dispararon a las personas, hubo muchos heridos y el resultado de mi hermana fallecida. En tanto, la Corte de Apelaciones luego del auto de procesamiento que dictará el Ministro Arancibia, decidió dejar en libertad a 7 de las personas que estuvieron ahí, como si hubiesen estado de turismo, paseando con esas armas, como si se les hubieran caído, por ello, nosotros nos estamos querellando por asociación ilícita y el homicidio de mi hermana”.

Por su parte, la abogada Carolina Cubillos señaló que “hemos interpuesto una querella contra 10 agentes de la CNI que provocaron la muerte de Carmen Gloria Larenas, porque actuaron con alevosía, tal como lo detalla el actuar sobre su seguro en el momento de los hechos, pues cuando se analiza el proceso se da cuenta que existen dos autos, uno provisto de metralletas con alto poder de fuego que bloquea el paso y no permite que escapen las personas, por lo mismo, dentro de esta querella también se plantea la asociación ilícita por lo que significaba la CNI y esperamos que se acredite en este proceso tal como ha pasado en otros casos”.

El ministro en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia dictó procesamiento contra 10 ex agentes de la CNI por el homicidio de la joven militante de las Juventudes Comunistas, entre los que se cuentan el ex oficial de la Armada Sergio Remigio Echeverría Villarroel, quien en la época de los hechos ejercía como jefe de la brigada regional de la CNI;  el ex oficial de ejército Carlos Alberto Herrera Jiménez, a la fecha segundo jefe de la mencionada brigada regional y actualmente recluso en Punta Peuco condenado por el asesinato de Tucapel Jiménez, entre otros crímenes de lesa humanidad y los ex agentes Galvarino Arce Díaz, Ramiro Enrique Rodríguez Santana, Germán Humberto Miranda Jamett, Juan  Eugenio Escalona Estay, Hugo Luis  Castillo Ovalle y Leoncio  Enrique  Velásquez Guala como autores del delito de homicidio; y Héctor Santiago Figueroa González  y Roberto Armando Toledo Herrera como cómplices del delito ya referido.

Los antecedentes demuestran que el 12 de julio de 1983 en horas de la noche “y mientras se desarrollaba la tercera jornada de protesta nacional en las calles de Avenida Viña del Mar, Calle del Agua y Camino Real del cerro Recreo en Viña del Mar, apareció un vehículo furgón utilitario marca Suzuki de color plomo, en cuyo interior se encontraban individuos de civil, quienes se bajaron del vehículo en avenida Viña del Mar y comenzaron a disparan ráfagas de metralletas a los manifestantes en circunstancias que un segundo vehículo se ubicó en la intercesión de calle del Agua con Avenida Viña del Mar, de tal manera que los manifestantes quedan imposibilitados de refugiarse o de evitar ser alcanzados por la balas del primer vehículo, todo lo cual confirma una actuación sobre segura de los agentes, quienes además estaban provistos de armas de fuego, las que utilizaron, impactando una de estas balas en el pecho de la víctima Carmen Gloria Larenas Molina, causándole la muerte, configurándose de este modo el delito de Homicidio Calificado circunstancia 1ª previsto y sancionado en el artículo 391 Nº 1 circunstancia 1 ª del Código Penal, vigente a la fecha de ocurrencia de los hechos”.

Diario U Chile


Corte de Apelaciones revisará condena por torturas en dictadura a dos exintegrantes de la PDI

La Corte de Apelaciones revisara la primera condena por torturas durante la dictadura y que fue dictada en Concepción contra dos exmiembros de la PDI.

Hace unas semanas la ministra en visita, Yolanda Mendez, entregó su primer fallo, responsabilizando a Hernán Fernández y Antonio Calibar por la detención y los apremios ilegítimos aplicados en 1984 al entonces menor de edad, Carlos Maureira.

La sentencia fue apelada, por lo que el tribunal de alzada revisará las condenas, luego de que el abogado defensor, Miguel Salgado, presentara correspondientes recursos.

El principal argumento de la apelacion es que al no tratarse el caso de una violación de Derechos Humanos, los delitos están prescritos y que por ello la sentencia debe ser anulada y la causa sobreseída, subrayó el abogado Salgado.

Carlos Maureira asegura que fue detenido por supuestamente pertenecer al Frente Patriótico Manuel Rodríguez y de ahí las torturas, mientras los exdetectives sostienen que el hombre hoy de 51 años fue arrestado en el marco de un delito común y no político.
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