La reconfiguración de las defensorías de las audiencias ante las nuevas desigualdades del neoliberalismo globalizado – Por Cynthia Ottaviano

Por Cynthia Ottaviano *

Durante 4 décadas, las Defensorías del Lector, del Televidente y Oyente se reconocieron como objeto de estudio dentro de la doctrina liberal de la autorregulación. Esta institución impulsada desde la “empresa periodística” fue considerada como una herramienta para mejorar la calidad y el prestigio de los medios de comunicación ante el reclamo de las personas, comprendidas como “consumidoras”, “usuarias” y audiencias”.

A lo largo de su historia, diferentes especialistas dieron cuenta de que estas Defensorías surgieron como respuesta a crisis profundas como consecuencia de la falta de credibilidad en los medios de comunicación. En el caso de América Latina, en la década del 90 fueron tomadas primero con la intención de generar prestigio y mejorar la calidad de los contenidos en diferentes medios de comunicación, sobre todo diarios y revistas, pero luego comenzaron un camino de reconfiguración, al ser consideradas como mecanismos de ampliación de la participación ciudadana en las recientes democracias.

En Colombia, primer país en propagarlas, con el advenimiento de la televisión fueron incorporadas a la legislación del audiovisual, luego de que se introdujeran en la Constitución política mecanismos de ampliación participativa, como las Defensorías del Pueblo, devenidas en el campo comunicacional en Defensorías del Televidente.

Hacia fines del siglo pasado y principios de la presente centuria, se incorporaron a través de diferentes instrumentos administrativos y jurídicos en los medios públicos de Brasil, México, luego en la Argentina, Uruguay y Costa Rica; multiplicándose al punto de que hoy pueden contarse 47 Defensorías, cantidad inédita para la región, con características distintivas de aquéllas surgidas por autorregulación empresaria.

Sin capacidad sancionatoria, con virtudes pedagógicas y dialógicas, estas Defensorías recobraron impulso como parte estructurante de los debates por una comunicación democrática y de los nuevos marcos regulatorios del audiovisual de la región.

Desde esta perspectiva, se propone un abordaje de las Defensorías de las Audiencias desde el derecho humano a la comunicación, no mercantilista, clasista, colonial ni patriarcal. Con reconocimiento de nuevos sujetos de derecho, no como consumidoras ni consumidores, sino como parte integrante de una “ciudadanía comunicacional”.

Sin embargo, sólo se reconocen prácticas de autorregulación en Internet y las redes sociales, sin que se haya limitado la venta y uso de datos personales con propuestas legislativas; no se han logrado instrumentos para erradicar las falsas noticias y su rápida diseminación, así como no se ha logrado disminuir las discriminaciones y vulneraciones del derecho humano a la comunicación.

La ecuación deviene simple en su formulación y perjudicial en su ejecución: los controles disminuyeron, los mercados y mercaderes avanzaron. “La desregulación globalizada de las estructuras tecnológicas y mediáticas realizada en las últimas décadas a escala mundial ha llevado a una disminución del control de los estados nacionales y de la política como tal sobre las prioridades del mercado”.

Desde las perspectivas de Defensoras y Defensores existe un amplio consenso en considerar a las Defensorías como valuartes de las democracias. Y así como fueron creándose primero en los diarios y luego en la radio y la televisión, se reclama la expansión hacia los medios digitales, así como a las multiplataformas.

A pesar de coincidir en la necesidad de expandir las Defensorías, las profundas diferencias en los escenarios comunicacionales de Europa y América Latina -con existencia de legislaciones que impedirían la existencia de cualquiera de los grupos concentrados latinoamericanos en territorios europeos y mecanismos de control operativos-, produce distintas miradas sobre la matriz que debe dar origen a estas figuras.

La mayoría de los Defensoras y Defensores de Europa consideran la autorregulación como el mecanismo válido, mientras que sus colegas de América Latina proponen, en su mayoría, la regulación o corregulación participativa, dado que encuentran como principal desventaja “la amplia discrecionalidad del concesionario para definir el Defensor o Defensora y la libertad para removerlo”.

De todas maneras, aún entre quienes apoyan sólo la autorregulación, se reconoce que existen dificultades en la implementación de la figura: por falta de reconocimiento de los operadores; por el costo de operación o la presión existente por la “política de ahorro” de las “empresas periodísticas”, por la “antipatía tradicional” hacia las críticas que elaboran y por la consideración de un medio de comunicación “como máquina de hacer dinero”.

América Latina no quedó exenta de la difusión de la figura por parte de quienes se consideraron históricamente “dueños” de los medios de comunicación. Con sus propias reglas emanadas de la autorregulación, durante las décadas de los 80 y 90, se expandió de manera más efectiva en diarios y revistas, que en la radio y la televisión.

Brasil, Colombia, Bolivia, Ecuador, México y la Argentina contabilizaron algunos ejemplos con distintos grados de continuidad y solidez, pero en general con mayor fragilidad y excepcionalidad, ya que por ejemplo en el caso de la Argentina, sólo un periódico cuenta con la figura, entre cientos que se diseminan por el país.

La falta de reglas claras y consensos comunes, trajo aparejadas múltiples conflictividades: quienes trabajan en las redacciones periodísticas en general no pueden participar de la creación de Códigos de Ética o Manuales de Estilo que incluyan la institucionalidad; las audiencias muchas veces desconocen esos “contratos de lectura”, de manera de poder reclamar ante su incumplimiento; y ni unos ni otros tienen incidencia en el nombramiento del Defensor o Defensora (en el 70% de los casos sólo participan los “directivos” de los medios).

Los propios Defensores y Defensoras sostienen que las audiencias desconocen la existencia de la figura; que muchas veces deviene en falta de participación; o la falta de establecimiento de presupuesto económico por parte del “dueño” del medio impide realizar la tarea.

Así, la figura corre el riesgo de ser “decorativa”, ya que muchas veces no existe una verdadera intención de mejorar la comunicación, sino de usarlo más como pantalla de “prestigio” que como verdadera herramienta transformadora.

En principio, podemos concluir que las Defensorías vinculadas con los derechos de las personas en su relación con los medios de comunicación no surgieron por autorregulación, sino por medio de acuerdos políticos, democratizadores, con rango constitucional y construcción legislativa, específicamente en Suecia, desde donde se expandieron hacia el resto del mundo.

Como consecuencia, así como se establecen por autorregulación, se destituyen, discontinúan o nunca se crean, ya que depende de la voluntad de “la directiva”, lo que las convierte en presa de decisiones circunstanciales o, la gran mayoría de las veces, argumentos económicos considerados superiores a los éticos o de promoción del derecho humano a la comunicación.

* Doctora en comunicación, UNLP. Ex Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina


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