El juicio a Cristina Kirchner y la credibilidad de las instituciones – La Nación, Argentina

Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Le sobran razones a la expresidenta Cristina Kirchner para intentar que los procesos penales a los que debe comparecer se pospongan indefinidamente. En tres de ellos se avecinan las audiencias en las que será juzgada públicamente, lo cual es muy distinto del mero registro de cientos de páginas de expedientes judiciales, reservadas a jueces y abogados, lejos de la compulsa social. Por el contrario, en las audiencias que se celebrarán en esos procesos tendrá que compartir el banquillo de los acusados y demostrar que no es responsable de las serias responsabilidades que se le adjudican, como cualquier ciudadano sospechado de cometer un delito. Algo muy diferente de la estrategia que ha seguido hasta ahora, ya que cuando fue llamada a declarar ante los jueces se limitó a dejar escritos de defensa preparados por sus abogados.

Mientras la Cámara Federal acaba de pedirle al juez Claudio Bonadio que acelere la emblemática causa de los cuadernos , el 21 de mayo debería comenzar uno de esos tres juicios. Es el conocido como la causa de la Obra Pública , en el cual interviene el Tribunal Oral Federal Nº 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

En ese proceso, en diciembre de 2016, el juez federal Julián Ercolini dictó el procesamiento de la viuda de Kirchner, Julio De Vido, José López, Carlos Santiago Kirchner y Lázaro Báez, entre otros. El juez, a lo largo de una decisión de 794 páginas, en la que valoró una significativa cantidad de pruebas, consideró que los nombrados habrían formado parte de una asociación ilícita destinada a cometer múltiples delitos para apoderarse ilegítimamente de unos 46.000 millones de pesos del Estado, suma considerada a valores de hace tres años. La maniobra investigada tenía como patrón inicial la adjudicación a Lázaro Báez del 80% de la obra pública vial de Santa Cruz.

La Sala I de la Cámara en lo Criminal Federal, integrada por Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia, en septiembre de 2017, confirmó ese procesamiento en una sentencia de 150 páginas. Los camaristas coincidieron con Ercolini en que los expedientes de obra pública en los que intervinieron las empresas de Lázaro Báez estuvieron signados por numerosas irregularidades. Destacaron que la prueba demuestra una evidente maniobra con múltiples abusos y anomalías en la contratación que aparecen reiteradas dentro de un prolongado lapso (2003-2015) y signada por la gestión de De Vido y José López.

Restando poco tiempo para el comienzo de la causa Obra Pública, dos hechos llaman poderosamente la atención sobre lo que sucede en ese proceso. El primero es la cuestión de incompetencia sorprendentemente planteada en la causa Los Sauces por los jueces del Tribunal Oral Federal Nº 5, integrado por Daniel Obligado, Adriana Palliotti y José Martínez Sobrino, el 1º de abril, que pone en duda el comienzo de la causa Obra Pública el 21 de mayo. El centro del planteo de los jueces de este tribunal es que la causa Los Sauces debe tramitarse junto con la causa Obra Pública, lo cual ocasionaría un extraordinario retraso para ambos procesos.

Sin demora se pronunció el Tribunal Oral Federal Nº 2. El 3 de abril resolvió no aceptar la decisión del Tribunal Oral Federal Nº 5. En una sólida decisión, explicaron que la causa Los Sauces fue recibida por el Tribunal Oral Federal Nº 5 en octubre del año pasado y en esa oportunidad aceptaron la competencia que ahora cuestionan. Asimismo, sostuvieron que la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación, integrada por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Ana María Figueroa, ya había confirmado que la causa Obra Pública debía tener un trámite independiente de otra de las investigaciones por asociación ilícita, la conocida como Hotesur , en trámite por ante el Tribunal Oral Federal Nº 4. El criterio entonces sustentado por la Casación, que se mantiene vigente y no podía ser ignorado por el Tribunal Oral Federal Nº 5, consiste en tramitar en forma independiente los procesos sin que corresponda tramitar una “megacausa” que por su complejidad podría demorar la determinación de responsabilidades penales de gran repercusión pública.

En la causa Los Sauces, el juez federal Claudio Bonadio, en abril de 2016, procesó por asociación ilícita, en calidad de jefa, a Cristina Kirchner. También fueron procesados sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner; Romina de los Ángeles Mercado; Víctor Manzanares; Cristóbal López; Lázaro y Martín Báez; Fabián De Sousa, y Osvaldo Sanfelice, entre otros. La decisión de Bonadio, de 392 páginas, desarrolla las maniobras delictivas y describe las pruebas hasta ese momento encontradas. Allí se explica la forma en que se habría llevado adelante el delito de lavado de activos de origen ilícito. En Los Sauces, la acusación gira en torno a lo sucedido luego de la sustracción de fondos al Estado por la adjudicación de obras al grupo Báez. Para el reciclaje de esos fondos, o, dicho con otras palabras, para que el dinero volviera a manos de los Kirchner, se puso en marcha la sociedad Los Sauces SA, que alquilaba inmuebles a empresas de los conglomerados societarios pertenecientes a Lázaro Báez y del grupo Indalo, de López y De Sousa, quienes habrían girado a través de locación de inmuebles en forma constante y periódica importantísimas sumas de dinero hacia la mencionada firma de la familia presidencial.

En febrero de 2017, los camaristas Ballestero y Bruglia confirmaron el procesamiento en la causa Los Sauces, dictado por Bonadio, en una decisión de 195 páginas. La Cámara sostuvo que el procesamiento de Florencia Kirchner era correcto, ya que, tras incorporarse a la sociedad junto a su madre y su hermano, pasó a poseer el 50% del paquete accionario tras la cesión efectuada por la expresidenta en favor de sus hijos. En Los Sauces SA, Florencia Kirchner, desde 2015, integró el directorio y comenzó a percibir un salario de esa empresa, por lo cual recibió el total de $3.700.000 en su cuenta del Banco Galicia, lo que explica solamente en parte los 4.600.000 dólares que tenía en una caja de seguridad en ese banco.

El segundo hecho llamativo es la autorización concedida a Cristina Kirchner por los jueces del Tribunal Oral Federal N° 5 para viajar a Cuba, El argumento utilizado se apoya en que ese proceso fue enviado al Tribunal Oral Federal N° 2. Es un criterio que no valora la inexistencia de un tratado bilateral de extradición con Cuba, cuyo gobierno mantiene notoria afinidad ideológica y amistad con la expresidenta, quien en todas sus presentaciones públicas ha alegado ser víctima de una persecución político-judicial, lo cual torna más incierta la suerte de un pedido de extradición, si decidiera no volver.

La ausencia de un tratado de extradición con Cuba y la estrategia de considerarse una perseguida política deberían ser consideradas por los jueces del Tribunal Oral Federal N° 2, quienes también deben decidir si acceden a un pedido similar. Ya el fiscal ante ese juzgado entendió que, estando prevista la audiencia del 21 de mayo, no debía permitírsele que viaje.

Adrede mencionamos la cantidad de páginas de las decisiones dedicadas por los jueces federales de primera instancia y de cámara destinadas a fundar los motivos por los cuales corresponde enjuiciar oralmente a Cristina Kirchner y a quienes se ha considerado que integraban con ella asociaciones ilícitas. El número de páginas y su contenido contrastan con la liviandad e intencionalidad con que se intenta hablar de persecución judicial. El problema reside en que la sociedad se muestre aún más incrédula sobre la actuación de los jueces, y lamentablemente no faltan razones para el escepticismo.

En ese sentido, y como muestra de lo difícilmente justificable, mencionamos la reciente decisión del Tribunal Oral Federal Nº 5, que ordenó devolver el Hotel Los Sauces a la familia Kirchner. Los jueces de la causa Los Sauces no solo giraron el proceso para que intervenga el Tribunal Oral Federal Nº 2, sino que también se preocuparon por que el hotel sea atendido, sin ley de extinción de dominio mediante, por sus dueños, y le permiten a la expresidenta viajar a Cuba.

Es razonable que socialmente se descrea del resultado de las investigaciones sobre corrupción. El comienzo del proceso Obra Pública ante el Tribunal Oral Federal N° 2 puede ayudar a que se esclarezca lo sucedido y la Justicia deje de ser vista como genuflexa ante la corrupción.

La Nación

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