La Corte Constitucional exhorta al Congreso a legislar y abre las puertas para el aborto legal

Congreso podría legislar para permitir aborto libre antes de 12 semanas: Linares

El Congreso podría legislar para permitir el aborto libre antes de las 12 semanas de gestación, según dijo en Mañanas BLU el magistrado Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional.

“Lo que le estamos diciendo al Congreso es que ejerza su potestad legislativa. En el tema de plazos hay uno máximo de 24 semanas, que proponía la ponencia de la doctora Pardo (Cristina), pero también hubo discusiones sobre si se establecía un plazo de 12 semanas, dentro de los cuales era posible practicar abortos sin necesidad de estar en ninguna de las tres causales”, dijo.

“Esa es una decisión que podría tomar el Congreso de la República al modificar el Código Penal considerando que si hay un aborto en las primeras 12 semanas no sería sancionable esa conducta”, puntualizó.

Linares explicó también la decisión tomada este miércoles de reafirmar que no existe tiempo límite para que las mujeres puedan abortar en los casos permitidos por la ley.

“La esencia de la decisión de ayer fue reafirmar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y en concreto se reiteró la sentencia C355 de 2006 que autoriza en los tres casos en los cuales se puede hacer interrupción sin que haya penalización: peligro de la vida de la madre, malformación o violación”, añadió.

En ese sentido, el magistrado explicó que se confirmó la decisión del juez en primera instancia y se exhortó al Congreso para que regule la materia.

En ese sentido, Linares manifestó que debe ser el Legislativo el que defina si se ponen plazos al aborto en los tres casos anteriormente señalados: “Si se quisiera establecer un plazo, quien tendría que establecerlo (…) es una labor que corresponde al Congreso de la República”.

El magistrado explicó que, al tomar la decisión, la corte consideró que no era el momento de tomar una decisión al respecto, aunque sí enfatizó que se deben garantizar los derechos de las mujeres.

Blu Radio


Mujeres no tendrán límites de semanas para interrumpir embarazos

Con una votación de seis votos en contra y tres a favor, fue hundida la ponencia de la magistrada Cristina Pardo que buscaba que el aborto bajo las tres causales permitidas, debía practicarse solo antes de la semana 24 de gestación. Con la decisión, el tribunal mantiene la posibilidad para que las mujeres en Colombia puedan abortar sin importar el número de semanas de gestación.

Aunque la noticia fue celebrada por miles de mujeres, organizaciones de derechos humanos y movimientos feministas, se mantienen varias preocupaciones: El acceso de las mujeres no es tan fácil. Por otro lado, Colombia no ha avanzado para lograr que el aborto sea legal sin ninguna restricción. Esto genera que se mantengan las clínicas clandestinas y la muerte o problemas de salud de miles de mujeres.

En 2006 mediante la Sentencia C-355, la Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres circunstancias:

-Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer.
-Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida.
-Cuando el embarazo sea el resultado de una violación sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

A pesar que la Corte mantiene los logros alcanzados en la sentencia de 2006, las mujeres continúan en riesgo pues, se mantienen barreras que impiden garantizar este derecho. El desconocimiento del marco legal, la aplicación insuficiente y limitada de las causales por parte de médicos, hospitales y Empresas Prestadoras de Salud –EPS-, facilitan la negación injustificada de los servicios. A esto se suman la solicitud de requisitos adicionales que no son contemplados en la norma, la aplicación inadecuada de la objeción de conciencia por parte de algunos médicos a la realización de la interrupción voluntaria de embarazos, las citas demoradas, entre otros. Todo esto contribuye a la vulneración del derecho de las mujeres.

El director de Profamilia, Juan Carlos Vargas denuncio que, la razón por la cual muchas mujeres deben practicarse abortos en etapas avanzadas se debe a las trabas que les colocan las EPS, hasta cuando es demasiado tarde.
Según Vargas, las mujeres que solicitan la interrupción del embarazo deben ser atendidas de manera prioritaria, con un plazo no mayor a cinco días. Sin embargo, les colocan barreras como: Que tiene que ir a la junta médica, que el ginecólogo no tiene agenda, entre otras. De esta forma pasan días, semanas y cuando por fin las van a atender, el embarazo está avanzado y les cancelan la atención.

Principalmente, las mujeres que más sufren estas demoras son aquellas de escasos recursos que deben cotizar en una -EPS-, en las cuales les colocan más impedimentos. De hecho, lo fallado por la Corte Constitucional ocurrió cuando una mujer interpuso una tutela debido a las demoras que sufrió por parte de la EPS.

Por otro lado, cifras de Profamilia de 2017 señalan que en Colombia fueron practicados 10.517 abortos legales. Esta cifra contrasta con un aproximado de 400.000 abortos inducidos o clandestinos ocurridos en 2016, de los cuales solo 322 fueron interrupciones voluntarias de embarazo. Se estima que el 44% de los embarazos no planeados en Colombia terminan en aborto inducido.

A pesar que la Corte mantendrá lo logrado en 2006 y no habrá tiempo para que las mujeres puedan abortar, continúan presentes las preguntas: ¿Cuándo será despenalizado totalmente el aborto en Colombia para que las mujeres no tengan que morir? ¿Habrá educación sexual para decidir? ¿Anticonceptivos para no abortar?

Colombia Informa


Así fue el proceso para que la Corte Constitucional dejara en firme reglas para abortar

El aborto no se toca. Con esa frase se puede resumir la decisión que tomó anoche la Corte Constitucional, después de debatir, durante más de siete horas, si debía ponerle límites al aborto en Colombia. El resultado de esta discusión jurídica es que no. Seis magistrados defendieron la sentencia que despenalizó el aborto en 2006, derrotaron la ponencia que había presentado la magistrada Cristina Pardo y dejaron intactas las reglas que se plantearon en ese momento para que las mujeres pudieran interrumpir voluntariamente su embarazo, sin importar el número de semanas de gestación.

Los magistrados Alejandro Linares, Alberto Rojas Ríos, Antonio José Lizarazo, Diana Fajardo, Gloria Stella Ortiz y José Fernando Reyes fueron quienes se opusieron a cambiar lo ya aprobado. A Pardo solo la apoyaron los togados Carlos Bernal y Luis Guillermo Guerrero. Los dos apoyaron la idea de la magistrada de que se debía limitar el aborto a la semana 24 de gestación, bajo el argumento de que, en ese momento del embarazo, el feto tiene una vida viable por fuera del útero de la mujer. Aunque la Corte se apartó de esta postura, exhortó al Congreso para que sean ellos los que legislen sobre si se debe o no poner límites de tiempo. Para llegar a esta conclusión, el debate tuvo toda clase de reacciones, desde quienes apoyaron a Pardo, como quienes criticaron su propuesta.

En más de 20 conceptos enviados a la Corte, expertos en derechos humanos, de la mujer y especialistas en el sistema de salud colombiano, expresaron los peros a que la Corte acogiera la ponencia. Organizaciones como Amnistía Internacional, Human Right Watch, Médicos Sin Fronteras, el Instituto Guttmacher y la Coalición Internacional de la Salud de la Mujer, entre otras, insistieron en que ponerle cualquier límite o barrera al aborto en el país resultaba ser una violación a los derechos ya adquiridos. Además, añadieron que los estudios a nivel internacional han mostrado que estos obstáculos lo único que hacen es poner en riesgo la vida de las mujeres y aumentar el número de abortos ilegales.

Los análisis y conceptos calaron en los seis magistrados que le dijeron no a la idea que planteó la magistrada Pardo, quien estuvo bajo la lupa de la ciudadanía durante el debate, pues se conocía un antecedente que resultaba grave en la discusión. Juristas denunciaron, en más de una ocasión, que la magistrada estaba impedida, ya que desde el 2014 dejó consignada su posición frente a las causales en las que las mujeres pueden abortar en Colombia. Lo hizo en una carta que le envió al entonces presidente Juan Manuel Santos, cuando ella todavía estaba a la cabeza de la Secretaría Jurídica de la presidencia.

En la misiva le explicó a Santos que se apartaba del estudio de un proyecto de ley, pues, por razones ético jurídicas, no estaba de acuerdo con la causal que le permite a las mujeres abortar, cuando el embarazo es forzado. Además de esta carta, existe la T-316 de 2018, en donde la magistrada salvó el voto y explicó que la vida debía entenderse desde la fecundación del feto y que, en consecuencia, también es sujeto de derechos. “La vida del ser humano, desde que ella aparece con la concepción o fertilización, hasta la muerte biológica, constituye, más que un bien jurídico, un verdadero derecho subjetivo de carácter fundamental”, dice el salvamento del voto.

Aunque todos estos hechos estaban bajo el estudio de la Corte, la magistrada Pardo siguió adelante con su ponencia y, en un hecho exótico, pero también histórico, en el alto tribunal, no le entregó a sus compañeros de sala la ponencia. En cambio, resolvió enviárselas a sus correos con una serie de instrucciones para evitar filtraciones. Sin embargo, la estrategia cayó mal en los despachos de varios magistrados, quienes expresaron que se sentían bajo sospecha, como si fueran objeto de una investigación. A pesar del malestar, el debate en la Sala Plena surtió su debido proceso y los magistrados que se opusieron a la postura de Pardo señalaron que, en lugar de ponerle límites al aborto, el Estado debe garantizar que estos procedimientos se realicen sin ningún tipo de barreras.

El presidente del alto tribunal, Alejandro Linares, en una breve rueda de prensa, aceptó que en la actualidad las mujeres se enfrentan a todo tipo de obstáculos para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo. Desde las trabas administrativas de las EPS, hasta el desconocimiento de los médicos para realizar los procedimientos médicos. “Esas prácticas podrían llegar a constituir una violencia de género o un trato cruel o inhumano, de acuerdo con las recomendaciones que se han tenido en cuenta”, resaltó el magistrado Linares, quien agregó que su colega José Fernando Reyes será el encargado de redactar la sentencia que deja el aborto tal y como estaba planteado desde el 2006.

Esa decisión es hoy considerada como una de las más importantes en los 27 años de la Corte Constitucional. El fallo, que se dio a conocer en mayo de ese año, tuvo como ponentes a los exmagistrados Jaime Araújo Rentería y Clara Inés Vargas, quienes propusieron la tesis, que resultó vencedora, de que en el país se podía abortar legalmente bajo tres causales. El resumen que ha hecho Profamilia de los tres casos en los que se puede interrumpir voluntariamente el embarazo es el siguiente: cuando pone en peligro la salud —física o mental— de la mujer o su vida, cuando es resultado de una violación o de incesto, y cuando hay malformaciones del feto que son incompatibles con la vida por fuera del útero.

Quienes siguieron de cerca la discusión en la Corte, no demoraron en reaccionar para celebrar la decisión. Profamilia, por ejemplo, escribió en su cuenta de Twitter que “hoy los derechos de las mujeres priman por encima del estigma y la desinformación que existe alrededor del aborto”. La organización DeJusticia celebró la decisión de los magistrados y expresó que “no era sensato poner más obstáculos a las mujeres para acceder a este derecho”. Por su parte, la congresista María del Rosario Guerra tuiteó el siguiente mensaje: “Lamento que la Corte Constitucional no establezca límite alguno ante la cultura de la muerte. El aborto no es progreso. Retrocedemos como sociedad al atentar contra quien no puede defenderse”.

Marco Fidel Ramírez, concejal de Bogotá, también expresó su desacuerdo con la noticia y dijo: “Ni matar es derecho ni asesinar es progresar. El aborto siempre será criminal y criminales son quienes promueven semejante atrocidad”. Mónica Roa, la abogada que lideró en el 2006 la pelea que terminó en la despenalización del aborto, y quien es una de las líderes más importantes de este movimiento, aplaudió la posición del alto tribunal, le mandó un mensaje a las mujeres “que buscan justicia por haber sido sometidas a abortos forzados. Estamos junto a ustedes. La autonomía reproductiva es nuestro derecho fundamental”.

El Espectador


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